#: locale=es ## Acción ### URL WebFrame_22F9EEFF_0C1A_2293_4165_411D4444EFEA.url = https://www.google.com/maps/embed?pb=!1m18!1m12!1m3!1d3958.674316683623!2d-78.50073572421816!3d-7.1635978928410475!2m3!1f0!2f0!3f0!3m2!1i1024!2i768!4f13.1!3m3!1m2!1s0x91b25b1ff93092b1%3A0xd365e61cb657e1d8!2sAv.%20La%20Cantuta%201158%2C%20Cajamarca%2006002!5e0!3m2!1ses!2spe!4v1735961605769!5m2!1ses!2spe ## Media ### Título panorama_37BD4756_2F24_183A_41C6_7602C08F09B1.label = 1 ## Skin ### Botón Button_0AEB5577_2D08_CE7B_41B6_192923248F4E.label = Autorizaciòn de Viaje > Button_3C45DF3F_2F1C_086A_415A_6C01930FC4B3.label = Descargar Formato Button_3C5A5319_2F1C_7829_41B9_EA8022F987B5.label = Descargar Formato Button_3C1D8560_2F1C_7817_41A8_2E617AC2FA90.label = Descargar Formato ### Imágen Image_0435F73B_2D0F_4BF4_4181_65F86A8DAC19.url = skin/Image_0435F73B_2D0F_4BF4_4181_65F86A8DAC19_es.png Image_3C2B555F_2F1C_7829_419F_E83B82353767.url = skin/Image_3C2B555F_2F1C_7829_419F_E83B82353767_es.jpg Image_3C4CEF36_2F1C_087A_41C1_82DFFD2AC2EB.url = skin/Image_3C4CEF36_2F1C_087A_41C1_82DFFD2AC2EB_es.png Image_3C601318_2F1C_7837_4176_E8956E27621F.url = skin/Image_3C601318_2F1C_7837_4176_E8956E27621F_es.jpg ### Texto Multilínea HTMLText_3C5AA319_2F1C_7829_41C4_C42353281BB9.html =


Adopción de personas capaces



La adopción es un procedimiento legal mediante el cual una persona, denominada adoptante, asume la responsabilidad de criar y educar a un menor, otorgándole la calidad de hijo dentro de su familia. A través de este proceso, el adoptado deja de pertenecer a su familia consanguínea, estableciéndose una nueva relación de filiación con el adoptante. Esta adopción tiene efectos legales plenos, reconociendo al adoptado como hijo del adoptante en todos los aspectos, incluidos los derechos hereditarios y los de parentalidad.


Para que la adopción sea válida, se requiere que exista una diferencia de al menos 18 años entre el adoptante y el adoptado, garantizando así que el adoptante tenga la madurez y capacidad para asumir la responsabilidad parental. Este proceso busca ofrecer una nueva oportunidad de vida y bienestar al adoptado, brindándole estabilidad y un entorno familiar adecuado.


Requisitos:
1. Solicitud y/o Minuta debidamente firmada por el adoptante y adoptado, a cuál debe contar con autorización de abogado.


2. Partidas de nacimiento originales del adoptante y adoptado, en la cual se pueda determinar la diferencia de edad de 18 años entre ellos, con una antigüedad no mayor de tres meses.


3. Partidas de matrimonio originales del adoptante y adoptado en caso fueran casados.


4. En caso el adoptante sea casado, deberá intervenir su cónyuge aceptando la adopción. Las partidas con una antigüedad no mayor de tes meses.


5. En caso el adoptante haya sido representante legal del adoptado se adjuntará la Aprobación de cuentas.
Inventario de los bienes del adoptado, de existir los mismos, caso contrario declaración jurada de no tener bienes.


HTMLText_3C1DD55F_2F1C_7829_41C7_94D0B45C5A38.html =


Adopción de personas capaces



La adopción es un procedimiento legal mediante el cual una persona, denominada adoptante, asume la responsabilidad de criar y educar a un menor, otorgándole la calidad de hijo dentro de su familia. A través de este proceso, el adoptado deja de pertenecer a su familia consanguínea, estableciéndose una nueva relación de filiación con el adoptante. Esta adopción tiene efectos legales plenos, reconociendo al adoptado como hijo del adoptante en todos los aspectos, incluidos los derechos hereditarios y los de parentalidad.


Para que la adopción sea válida, se requiere que exista una diferencia de al menos 18 años entre el adoptante y el adoptado, garantizando así que el adoptante tenga la madurez y capacidad para asumir la responsabilidad parental. Este proceso busca ofrecer una nueva oportunidad de vida y bienestar al adoptado, brindándole estabilidad y un entorno familiar adecuado.


Requisitos:
1. Solicitud y/o Minuta debidamente firmada por el adoptante y adoptado, a cuál debe contar con autorización de abogado.


2. Partidas de nacimiento originales del adoptante y adoptado, en la cual se pueda determinar la diferencia de edad de 18 años entre ellos, con una antigüedad no mayor de tres meses.


3. Partidas de matrimonio originales del adoptante y adoptado en caso fueran casados.


4. En caso el adoptante sea casado, deberá intervenir su cónyuge aceptando la adopción. Las partidas con una antigüedad no mayor de tes meses.


5. En caso el adoptante haya sido representante legal del adoptado se adjuntará la Aprobación de cuentas.
Inventario de los bienes del adoptado, de existir los mismos, caso contrario declaración jurada de no tener bienes.


HTMLText_3C442F3E_2F1C_086A_41AC_08EFD3C3339E.html =
Autorización de viaje



Documento oficial requerido cuando un menor de edad desea viajar solo, acompañado por un tercero o por uno de sus progenitores, ya sea dentro del territorio nacional o al extranjero, según las disposiciones legales vigentes. Este trámite busca proteger los derechos y la seguridad del menor, asegurando que cuente con el consentimiento de sus representantes legales.


Requisitos al Interior de Paìs:


1. Partida de nacimiento del menor o DNI del menor.


2. Documento de Identidad de uno de los padres (el que ha reconocido al menor)


3. Indicar el lugar y fechas del viaje del menor


4. Datos completos de la persona con la que viajará el menor


Requisitos al Extranjero:


1. Partida de nacimiento del menor o DNI del menor.


2. Documento de Identidad de ambos padres.


3. Indicar el lugar y fechas del viaje del menor.


4. Datos completos de la persona con la que viajará el menor.
## Tour ### Descripción ### Título tour.name = Autorizacion Viaje